De lo anteriormente expuesto, y definitivamente firme como ha quedado la sentencia definitiva dictada por este Despacho en fecha 26-10-2.011, este Tribunal acuerda SUSPENDER la Medida de Innominada de PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS de la ciudadana MARIA LIBERA VENTRONE DE BATTAGRINO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 13.755.182 con domicilio en Valencia Estado Carabobo, decretada en fecha 20 de mayo de 2.011, participada con oficio N° 0.450, de fecha 24-05-2.011, ofíciese lo conducente al ciudadano Director Nacional de Migración y Zonas fronterizas, Departamento de Movimientos Migratorios de la república Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio.
Asimismo, se acuerda notificar al ciudadano VALENTINO, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 12.102.615 de este domicilio, a los fines de que consigne a la brevedad posible a este Despacho, dentro de las (72) horas siguientes al arribo al país con su esposa, copias fotostáticas del documento.....