Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en SEDE CONSTITUCIONAL; declara:
1. PRIMERO: Plantear CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
2. SEGUNDO: se ordena, la remisión, IPSO FACTO, del presente asunto a LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA de conformidad con lo establecido en el numeral 1 y la parte in fine del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los criterios expuestos en las jurisprudencias citadas en el extenso del presente fallo, a los fines que sea dirimida la competencia para conocer de la presente acción d.....