Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA el mandato legal conferido a la hoy Defensor Ad Litem, abogada MONICA PEREZ y REPONE la causa al estado de DESIGNAR DEFENSOR AD LITEM para la continuidad del presente proceso, a partir de la consignación del informe pericial, en cuya fase deberá ejercer el recurso correspondiente. Y así se decide.-
En tal sentido se ordena la notificación de la parte actora y del defensor negligente de la presente decisión.