horas de Despacho del día de hoy, veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete, siendo las Once de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO del juicio, se hizo anunciar dicho acto a las puertas del Tribunal por el Alguacil del mismo. Tribunal deja constancia que no se encuentra presente en el recinto del Tribunal la parte actora ciudadana MAYRA A. RODRIGUEZ RAMIREZ. Se deja constancia que se encuentra presente la Abogada en ejercicio TANIA COROMOTO ROSALES SEVILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 73.984, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana MAYRA A. RODRIGUEZ RAMIREZ, parte demandante de autos. En virtud de que la ciudadana MAYRA A. RODRIGUEZ RAMIREZ NO COMPARECIÓ en el día de hoy a la celebración del Segundo Acto Conciliatorio del juicio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, se declara la EXTINCIÓN del presente proceso. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firm.....