PRIMERO: CON LUGAR la Querella Interdictal Restitutoria por Despojo intentada por la ciudadana BLANCA OQUENDO DE RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.014.970, debidamente asistida por la abogado AMARILIS SANTANA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.238.558 y de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.257, contra los ciudadanos CRISTIAN WILLS ACOSTA y VILMA CONSUELO ACOSTA DE SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. 3.580.689 y 13.195.819 respectivamente, todos de este domicilio.
SEGUNDO: Se ordena a los querellados: CRISTIAN WILLS ACOSTA y VILMA CONSUELO ACOSTA DE SALAS, poner en posesión inmediata a la parte querellante BLANCA OQUENDO DE RANGEL, del puesto de estacionamiento signado con el N° 01-A, delimitado así: Cuatro metros (4,00 Mts) de largo por cuatro metros (4,00 Mts) de ancho, para un total de dieciséis metros cuadrados (16,00 M2), por .....