Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, intento la ciudadana MARIA ISOLINA PINO TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.452.136, asistida por el abogado LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.820, en contra del Ciudadano MIGUEL ANGEL GARCIA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.098.353. SEGUNDO: Declarada Con lugar la demanda, queda demostrada la Unión Concubinaria habida entre la ciudadana MARIA ISOLINA PINO TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.452.136, y el Ciudadano MIGUEL ANGEL GARCIA PEREZ, venez.....