En razón de lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional; DECLARA: PRIMERO: INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LA PRESENTE ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, en razón de la materia, planteada por los Ciudadanos ELIEZER MIGUEL GUACUTO RIOS, C.I. N° V-8.287.401, actuando como habitante y en su condición de comodatario del apartamento H13, planta baja, Torre H, de la Parcela del Conjunto Tulipán 24, que forma parte de la Urbanización Tulipán, ubicada en la Parroquia San Diego, Jurisdicción del Municipio San Diego del estado Carabobo; así como la ciudadana GUERRA DE COACUTO ERIKA ZULEIMA, C.I. N° 12.013.989, en su condición de propietaria y comodante del mencionado inmueble, en contra de los integrantes y administradores de la Junta de.....