Ahora bien, en el asunto que nos ocupa, la parte co-demandada propuso la tacha incidental de documento referido a un titulo supletorio protocolizado el cual corre inserto a los folios del veintiséis (26) al treinta (30), en fecha ocho (08) de agosto de 2023 (folios 69 al 75), comenzando a transcurrir el termino para la formalización de la tacha, de la forma siguiente: 09, 11, y 14 del mes de agosto y 18, 19 del mes de septiembre, es decir, que la oportunidad procesal para la formalización de conformidad con lo establecido en el articulo 440 del Codigo de Procedimiento Civil, fue el dia diecinueve 19 del mes de septiembre de 2023, siendo presentada por la apoderada judicial de la parte codemandada en fecha veinticinco (25) de octubre de 2023 (folios 126 al 129 y sus vtos), por lo que tratándose este de un termino preclusivo de orden público, observa quien aquí suscribe, que la formalización de la tacha fue presentada de forma extemporánea por tardía y en consecuencia, con fun.....