En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: SE NIEGA LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, solicitada por la parte demandante Sociedad Mercantil H MOTORES CAGUA C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, en fecha 13 de julio de 1994, bajo el N°42, Tomo 630-A, a través de su apoderada judicial abogada MARIA DE CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 55.231, en el presente juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoado contra la Sociedad Mercantil CANEY EL CAPORAL 2017 C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo en fecha 13/03/2017, bajo el N°26, Tomo 79-A, sobre un vehículo: Placa AI949LG, Marca: FORD, Modelo: EXPLORER, EST2 EXPLORER, Año de Fabricación: 2.....