Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda por ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO presentada por el ciudadano ÁNGEL ALBERTO NARVAEZ LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.628.371, asistido por la Abogada SILVANA ALEXANDRA CODNICHT RACINY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 156.275.
Publíquese y déjese copia.