Así las cosas, aplicando lo anteriormente esbozado al caso de autos, se constata que existe una solicitud de regulación de competencia, presentada por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado CARLOS SALAS, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 27.019, ordenando el Tribunal de 1era Instancia la remisión de las copias conducentes al TRIBUNAL SUPERIOR (DISTRIBUIDOR) EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL mediante auto de fecha primero (1ero) de marzo de 2023, y de la revisión de las actas procesales se evidencia que no consta en auto la sentencia del Tribunal Superior mediante la cual haya decidido sobre la referida REGULACIÓN DE COMPETENCIA, es por lo que, este Tribunal de Primera Instancia con fundamento en lo dispuesto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO el auto de fecha treinta (30) de octubre del 2023, cursante al folio doscientos cincuenta y seis (256.....