DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por partición intentada por la ciudadana CHELA SALOME DE ABREU MENGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 11.962.959, contra el ciudadano HECTOR JOSE BROWN MARQUEZ, titular de la cédula de Identidad N° V- 13.663.217. En consecuencia, ORDENA el emplazamiento de las partes, ya identificadas, para el ACTO DE NOMBRAMIENTO DEL PARTIDOR a las 10:00 a.m. del décimo (10º) día de despacho siguiente a que quede firme la presente decisión a los fines que se proceda a la partición de la comunidad que se encuentra constituida por VEINTE MIL (20.000) ACCIONES que tienen en la sociedad de comercio INVERSIONES BROWN, C.A. conforme a los razonamientos expresados en el presente fallo.