decreta: EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada la Sociedad de Comercio INVERSIONES CAMPUS, C.A., hasta cubrir la cantidad de SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES CON NOVENTA CÈNTIMOS (Bs. 739.587,90) que comprende el doble de la cantidad demandada, la cual es la suma de TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCO BOLÍVARES CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 328.705,29), más las costas procesales que fueron prudencialmente calculadas en la cantidad de OCHENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 82.176,32). En caso de embargarse cantidades líquidas de dinero, se hará por la cantidad de CUATROCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN BOLÌVARES CON SESENTA Y UN CÈNTIMOS (Bs. 410.881,61), que comprende el monto líquido demandado, más las costas judiciales antes mencionadas. Para la práctica de la medida decretada se comisiona suficientemente al Juez (Distribuidor) Ejecutor de Medidas de los Municipio.....