En mérito a lo expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, la Cuestión Previa del ordinal 11º, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la codemandado DIANA KAROLINA LUNA KOPYDLOWSKI, en su carácter de Directora de la Sociedad Mercantil TRANSFORMADORES GIGAVATIOS, C.A., asistida por la abogada NEUKYS KENAYDYS GARCIA CONTRERAS, todos supra identificados, contra la parte actora Sociedad Mercantil DE LA HOZ PROYECTOS, C.A., representada por su Director Gerente ciudadano ALFONSO DE LA HOZ FÉREZ, todos supra identificados. Y ASÍ SE DECIDE.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Se condena en Costas a la parte codemandada promovente de la cuestión previa, conforme a lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese.....