este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena al Jefe de la Oficina de Registro Civil de las Parroquias San Blas, El Socorro y Catedral y a la Registradora Principal Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, estampar la debida Nota Marginal en el Acta de Nacimiento N° 477, Tomo I, Año 1.943 así donde dice: BRICEIDA HAYDEE REBONATO SÁNCHEZ deberá decir ¿BRICEIDA HAYDEE REBONATTO SÁNCHEZ¿ , que es lo correcto y ASÍ SE DECIDE