Se dicta decisiòn en la cual se REFORMA DEL AUTO DE EJECUCIÓN dictado en fecha 06/06/2016, en la causa seguida al ciudadano MARCOS ANTONIO ZAVARCE CHUELLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.234.790, natural de Barquisimeto, estado Lara, nacido en fecha 20-08-78, de 37 años de edad, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Marcos Enerio Zavarce (V) y Victoria del Carmen Cuello (V), grado de instrucción primaria incompleta, actualmente se encuentra privado de libertad en la Centro de Procesados Ezequiel Zamora (Rodeíto) con sede en Tocoron, estado Aragua, quien fue CONDENADO, por el Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Carabobo, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VÍCTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo