Se dicta AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: ERNESTO RAMON RANGEL NUÑEZ, quien fue CONDENADO por el Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Carabobo, a cumplir la pena de VEINTIUN (21) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, por el tipo penal de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACION, previsto en el artículo 260 en relación con el artículo 259 en sus primer y segundo aparte de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual conforme a lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 488 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 53 del Código Penal, podrá optar a cualesquiera de las FÓRMULAS ALTERNATIVAS DE CUMPLIMIENTO DE PENA o a la conmutación del resto de la pena en CONFINAMIENTO, cuando extinga las tres cuartas ¾ partes de la pena impuesta, es decir, DIECISEIS (16) AÑOS CUATRO (04) MESES VEINTISEIS (26)