SE DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA POR MUERTE, en la causa seguida en contra del ciudadano quien en vida respondiera a los siguientes datos de identificación: RAMON VICENTE CHAVIEL COLMENARES venezolano, de 40 años de edad, cédula de identidad Nº V-17.437.476, fecha de nacimiento 28/09/1973, natural de Fundo el Milagro, estado Trujillo, de estado civil soltero, grado de instrucción segundo grado, hijo de Placido Chaviel (F) y María Nicolasa Colmenares (F); en razón de extinción de la acción penal por muerte del imputado, según lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal, en concordancia con el artículo 49 numeral 1º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.