CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE EXCLUSION DE SOCIOS, interpusieran las ciudadanas YULITTZA CAROLINA SIRITT ORTIZ y DAISY MARIA TOCARTE GIL, la primera en su carácter de socia y tesorera activa de la Instancia de Administración y la segunda de socia y contralor activa de la instancia de evaluación y control de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA "SERVICIOS ADMINISTRATIVOS y TECNOLOGÍA ALI PRIMERA R.L", contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA "SERVICIOS ADMINISTRATIVOS y TECNOLOGÍA ALI PRIMERA R.L"., representada legalmente por el ciudadano OSMEL JOSÉ ARAY HERNÁNDEZ.....