PARTE
DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República y por autoridad de la ley niega las medidas de embargo y secuestro solicitadas en el juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO DE COMPRA VENTA, interpusiera el abogado JORGE LUIS GARCIA BARAZARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.249.299, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 200.306, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE LUIS NAVARRO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.156.442, de este domicilio, contra la ciudadana MARTINA MARIA MARCANO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.451.389, de este domicilio.
Regístrese, publíquese la ante.....