CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por COBRO DE BOLIVARES, DAÑOS Y PERJUICIOS, interpusiera el Abogado YBRAIN VILLEGAS POLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.340, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN PASTORA POLANCO, contra la ciudadana MARLYS DARMEYDIS SANTANA MANRRIQUEZ, en consecuencia se condena a esta última a:
PRIMERO: cancelar la suma de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000, oo), por concepto de los cánones de arrendamiento no cancelados, Marzo, Junio, Julio y Agosto de 2013.
SEGUNDO: En cancelar la suma de TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTÍMOS (Bs. 3.334, 56), por c.....