CAPÍTULO III
PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara perimida la instancia en la solicitud de INTERDICCIÓN CIVIL, interpuesta por la ciudadana THAYS JOSEFINA MARCANO CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.595.525, asistida por el abogado JOSE ANGEL REYES SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.080, contra los ciudadanos ALEXIS RAFAEL MARCANO CEDEÑO y AURELIS DAYANES MARCANO CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.105.871 y V-15.226.410, respectivamente, en consecuencia, queda extinguido el proceso.
Publíquese y déj.....