CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto este Juzgado Tercero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS MANUEL CORNEJO ESTEFANO y BERTHA ANTONIA ROMERO DE CORNEJO, de nacionalidad Peruana el primero, venezolana la segunda, mayores de edad, jurídicamente capaces, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. E- 81.709.320 y V-7.740.370, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio GUILLERMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 9899, de este domicilio.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y que fuera contraído en fecha 23 de Junio de 1978, por ante la Prefectura la Prefectura del Municipio Fraternidad (hoya Parroquia Urbana) del Distrito (hoy Municipio Autónomo), Puert.....