CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: TERMINADA la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE ARMANDO CARDOZO PEÑA y MARLENE FLORES, venezolanos, mayores de edad, cedulas de identidad Nos. V-7.152.947 y V-7.053.767, respectivamente, asistidos por la abogada YVONNE EVELYN LEY, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 35.109, de este domicilio, en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS.....