CAPÍTULO III
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre materias disponibles, acuerda homologar la transacción efectuada por las partes abogada MAIGUALIDA GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.815.932, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.665, de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA MERCEDES BETANCOURT DE LUQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.941.830, de este domicilio, y la ciudadana OLMA MARIA FELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.311.357, debidamente asistida por el abogado HECTOR MANUEL GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 157.845, de con.....