PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: perimida la instancia en la solicitud de declaratoria de Existencia de Matrimonio presentada por el ciudadano José Juan Garcia Delgado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 5.262.614, asistido por la abogada Dubraska Roxanna Garcia Parra, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No 171.783, en consecuencia terminado el procedimiento. Notifíquese al solicitante de la presente decisión y por cuanto no consta en el escrito libelar su domicilio, se ordena fijar la boleta en la tablilla del Tribunal, conforme lo estab.....