Se dicta Auto Resolutorio mediante el cual se declara, que existen las suficientes probanzas evacuadas para acreditarle a la ciudadana ELSA MAGALY HERNANDEZ DE LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-3.602.080, Titulo Supletorio sobre unas mejoras hechas a unas Bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad, ubicado en el Sector La Pedrera, Jurisdicción de la Parroquia Salóm del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. Se ordeno devolver las actuaciones a los solicitantes en original y dejar copia del auto resolutorio en el copiador de resoluciones autónomas.