Se dicta Auto Resolutorio mediante el cual se declara, que existen las suficientes probanzas evacuadas para acreditarle al ciudadano WERNERIO DE LA CHIQUINQUIRA LEAL, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-10.760.849, de este domicilio, Titulo Supletorio sobre unas Bienhechurías construidas en un terreno propiedad de la Diócesis de Puerto Cabello, ubicado en la Urbanización Borburata, Calle Carabobo cruce con Calle El Cementerio, Casa S/N, en jurisdicción de la Parroquia Borburata, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo. Se ordeno devolver las actuaciones a los solicitantes en original. Se ordeno también expedir por secretaria copias certificada de las resultas de la presente solicitud que sean menester de la solicitante y dejar copia del auto resolutorio en el copiador de resoluciones autónomas.