III
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Interdicción Provisional del ciudadano EDGAR ALEXANDER ARTEAGA REYES, civilmente inhábil, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.227.229, propuesta por la ciudadana IGDALIA JOSEFINA REYES DE NARANJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.667.535, por tratarse de una persona que presenta un cuadro de COEFICIENTE POR DEBAJO DEL PROMEDIO, QUE AMERITA CUSTODIA FAMILIAR PERMANENTE Y CUYA CONDICION MENTAL ES DEFINITIVA, lo cual lo hace ser incapaz de proveer a sus propios intereses, se considera que necesita protección; todo d.....