SEGUNDO: Por cuanto están llenos los extremos de Ley, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada, y en consecuencia DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos ADRIAN JOSE GALENO ALVARADO y KATIUSKA VIRGINIA MARTINEZ VILLARREAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-16.582.657 y V-12.525.403 respectivamente, ambos de este domicilio, Contraído en fecha 21 de junio de 2007, por ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo, según consta de acta de matrimonio Nº 50, Tomo II del Año 2007, que corre inserta del folio 2 al 3 del e.....