TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 19 de Enero de 2015|
204º y 155º
Visto el anterior escrito, recibido por distribución signado con el Nº 605, presentado por el ciudadano: RICARDO ENRIQUE MENDEZ PARRA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.989.596, Apoderado Judicial de la SOCIEDAD DE COMERCIO COMERCIALIZADORA NIKO 3000 C.A, Inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 78.661, Contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, désele entrada, asígnesele, háganse las anotaciones en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden publico, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE cuanto a lugar en derecho. Con relación a los testigos, éstos declararán en el momento oportuno que la parte los presente. Cúmplase con lo ordenado.
EL JUEZ TITULAR
Dr. ANGEL LEONARDO AN.....