TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO Mariara, 18 de Marzo de 2015
205° Y 155°
Visto el anterior escrito recibido por distribución, signado con el numero, 846, presentado por los ciudadanos: MERCEDES AUDELUZ TROCONIZ ALZURO Y WISTON JOSE RODRIGUEZ LIRA, venezolanos, casados, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 14.103.711 y V- 17.246.019, respectivamente, asistidos por el abogado: HENRY JESUS RODRIGUEZ ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.170. Désele entrada asígnele numero, anótese en el libro respectivo, en consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL (DIVORCIO) 185-A, en tal sentido y cumpliendo con las disposiciones legales se ordena Notificar A.....