II
DISPOSITIVA.
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185-A del Código Civil en relación con la citada disposición y siendo la oportunidad legal para decidir, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada en fecha 04 de abril del 2022, por el ciudadano CASTOR JOSE ESTRADA BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.480.456, en contra de la ciudadana FRANCIS ANABEL GARCIA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.889.003, en consecuencia se Declara, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los une desde la fecha 09 de octubre del 2015, Por ante la Unidad de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Yara.....