Con fundamento a los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la
Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y
por autoridad de la Ley, DECLARA. INADMISIBLE la recusación presentada por el abogado
APOLINAR GUILLEN CASTRO, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 200.955,
apoderado judicial de la ciudadana ANAIS UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad Nº
22.736.345, parte demandada en el presente procedimiento contra SANDRA BRETT CASTILLO,
Juez provisorio de este Tribunal.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA
Dada firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo, en Guacara 07 de Mayo de 2019. Año 209 de la Independencia y
160 de la Fe.....