En el presente caso, aprecia quien aquí decide que se han cumplido los requisitos procedimentales exigidos por el Artículo 185-A del Código Civil, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo suficientes los documentos producidos al efecto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA SAN JOAQUÍN Y DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud, formulada por el ciudadano: OSCAR ARCADIO SILVA MORA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.544.529, y en consecuencia se DISUELVE el vínculo Matrimonial que lo unía con la ciudadana LESBIA JOSEFINA MORA DE SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V-14.393.608, desde el día Cuatro (04) de Noviembre de Dos Mil Cinco (2005), contraído por ante el Registro Civil del Municipio Guacara Es.....