Vista la Decisión dictada en fecha 12/12/2013, por el tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, mediante la cual ordena se homologue el CONVENIMIENTO efectuado por las partes en fecha 26/04/2013, este Tribunal dando cumplimiento a lo ordenado IMPARTE SU HOMOLOGACION, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Archivo del expediente.-
LA JUEZA PROVISORIA
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ABG. YASMILA DEL C. FARIAS
LA SECRETARIA
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ABG. MIRLENE N. MENDOZA SILVA
EXP. No.3325.-*
YF/MNMS.-