RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los Solicitantes JESUS ROBERTO HERNANDEZ, ELIANA MILAGRO BETANCOUT MACIAS antes identificados, su derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurias, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos a terceros.