DISPOSITIVA
En razón de todas las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme al artículo 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud por RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana SULEIMA DEL CARMEN UTRERA SEVILLA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.890.247, debidamente asistida por el abogado en ejercicio OGUSTO PEÑA RAMIREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 79.456.
SEGUNDO: Se ordena rectificar el Acta de Nacimiento del ciudadano ANTHONY SAMUEL, Venezolano, mayor de edad, NO CEDULADO según acta de nacimiento N° 177, Tomo: XXX, Año: 2.005 de fecha 29 de Julio del año 2.005, que reposa la Of.....