En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICO: SE HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento formulado por la Abogada YOLANDA CÁCERES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 203.765, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN CLEMENTE, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el N° 61, Tomo 38-A de fecha 25 de mayo de 2005, siendo su última Asamblea General Extraordinaria en fecha 02 de junio de 2022 por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, asentada bajo el Nro. 17, Tom.....