Con fundamento a las precedentes consideraciones, este Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: declara CON LUGAR la demanda por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, interpuesta por el ciudadano ANTONIO OSWALDO GUINAND CAMINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.079.130, representado por los apoderados judiciales abogados NELSY NEREIDA CORTÉZ DE TESORERO y JOSÉ LUIS CABRÉ CÓRDOVA debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 189.133 y 12.270, respectivamente contra la Sociedad Mercantil DITAMEL ZONA INDUSTRIAL, C.A. debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 17 de agosto de 2009, quedando a.....