En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la MATERIA, para conocer de la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana OLIVIS YANITZA ALCALA FEBRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.288.348 y de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MIREYA JOSEFINA JIMÉNEZ REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 157.962; SEGUNDO: SE DECLINA la competencia a uno de los Juzgados de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia. TERCERO: SE.....