En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los abogados AILEEN ZAPATA LICÓN y MARCO ROMÁN AMORETTI, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 54.931 y 21.615, apoderados de la ciudadana JOHANNA CAROLINA URIBE CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.083.352 domiciliada en Chile y por el ciudadano ALEXIS ANTONIO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.494.523 domiciliado en Bejuma Estado Carabobo, debidamente asistido por la abogada AILEEN ZAP.....