DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia Nro. 1070 de fecha 09 de Diciembre del año 2016, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad legal, este Tribunal Sexto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua Y San Diego De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente causa, formulada por el ciudadano ANGEL RAMON TIGRERO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.700.798, debidamente asistido por el abogado FERNANADO BENJAMIN LOBO LIZCANO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro 227.236, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que lo unía con la ciudadana YUNIVITA FIGUEIRA GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titu.....