DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia Nro. 1070 de fecha 09 de Diciembre del año 2016, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad legal, este Tribunal Sexto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua Y San Diego De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud, formulada por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA GONZALEZ SANTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro: V.-12.923.952, y de este domicilio, debidamente asistida por el ciudadano WILIAM JOSE ZAMBRANO LINARES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 203.757, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que la unía con el ciudadano RO.....