Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer, sustanciar la presente Solicitud relativa a la Declaración de Únicos Herederos Universales, planteada por la Ciudadana CARRILLO DE BOLIVAR MARY EUGENIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.923.307, actuando en su propio nombre y en representación de los Ciudadanos BOLIVAR CARRILLO MARIA ALEXANDRA y BOLIVAR CARRILLO JACOBO ALEJANDRO, debidamente asistida por la Abogada HJALMARA HERMELINDA GONZALEZ NAVEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 229.946. SEGUNDO: En cuanto a su Admisión este Tribunal por auto separado proveerá lo conducente.