este Tribunal TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por la Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR ABANDONO DE TRÁMITE, en la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos LUIS ALBERTO BRAVO ANZOLA Y ARIS LEIDA MONTERO DE BRAVO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-3.581.594 y V-4.460.003 respectivamente, asistidos por el abogado RICHARD ANTONIO ROMERO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 136.369. ASI SE DECIDE.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Die.....