este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR LOS GUAYOS, NAGUANAGUA y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas que la integran y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR, la solicitud intentada por el ciudadano YOESMI RODRIGUEZ AROCHA venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.529.482, asistido por el abogado ARGENIS FLORES inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 16.122, en consecuencia se ordena la Rectificación del acta de Nacimiento y del acta de Matrimonio del ciudadano YOESMI RODRIGUEZ AROCHA antes identificado cuya acta de Nacimiento se encuentra inserta bajo el Nº 179, Año 1971, y el acta de Matrimonio se encuentra inserta bajo el Nro. 06, año 1994, por ante el Registro Civil del Municipio Miranda del estado Carabobo, en el acta de Nacimiento donde se lee: LEO.....