Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes señalados, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas que la integran y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR, la solicitud incoada por la abogada en ejercicio YENNIFER CAROLINA PEREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.688.203, e inscrita en el IPSA bajo el Nº 176.842, actuando en nombre y representación de los Ciudadanos ROSA EDILIA GUERRERO VALERO, JHON ANTONIO GUERRERO VALERO, WILSON ENRIQUE GUERRERO VALERO y LIBARDO ALEXANDER GUERRERO VALERO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-20.164.199, V-17.376.290, V-17.903.110 y V-16.784.637, respectivamente y en consecuencia, se ordena la Rectificació.....