III
Por las razones de hechos y de derechos antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) presentada por el ciudadano JOSE TOLENTINO CARDOSO CORREIA, asistido por los abogados JOSE RAFAEL MILANO CARMONA, YUSMA EDUARDO GUANCHEZ ARTEAGA y MUNIRA BUJANDA, contra el ciudadano FRANCISCO VALENZANO UZCATEGUI, todos supra identificados.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, En Valencia a los Treinta y Un (31) días del mes de enero del año 2023......