Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Ramón Alfonso Pardo López, en representación de la sucesión Pardo- Isla, a traves de su apoderado judicial abogado Hugo Federico Alvarado Ochoa, mediante el cual se impugna la decisión dictada en fecha 14 de Agosto de 2015 por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, que declaró sin lugar la acción reivindicatoria, planteada por el recurrente contra la ciudadana Juana Hernández.
SEGUNDO: Se CONFIRMA.....